El BOE ha publicado el Real Decreto. Quién y cuándo puede solicitar en Alcorcón el nuevo cheque de ayuda de 200 euros
Este miércoles, 28 de diciembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el nuevo Real Decreto de ayudas frente a la inflación anunciado hace días por el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez. En ese sentido, uno de los puntos clave ha sido la creación de un nuevo cheque de 200 euros. Con ello se pretende compensar a las familias vulnerables por los efectos de la inflación, sobre todo de los alimentos. La pregunta ahora que se hacen los vecinos de Alcorcón es clara. ¿Cuándo se puede solicitar este cheque de ayuda? ¿Y quién puede hacerlo?
Las claves del nuevo cheque de ayuda
Según lo establecido en el Real Decreto, podrán solicitarlo «aquellos que hayan realizado un actividad por cuenta propia o ajena o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo«. Eso sí, con la condición de que sus ingresos hayan sido inferiores a 27.000 euros anuales durante el 2022. Asimismo, el patrimonio debe estar por debajo de los 75.000 euros, descontando la propia vivienda principal en caso de ser de su propiedad. Asimismo, se debe tener la residencia habitual en España a 31 de diciembre de 2022.
Por contra, no podrán solicitar el cheque aquellos los receptores del Ingreso Mínimo Vital o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Tampoco podrán los trabajadores que reciban prestaciones similares a las anteriores procedentes de mutualidades de previsión social.
Dónde y cuándo solicitarlo
Esta ayuda de 200 euros será concedida por la Agencia Tributaria mediante un pago único. Para ello se recurrirá a un formulario electrónico en la web de la Agencia Tributaria, en la que habrá que especificar la cuenta bancaria en la que se desea percibir el ingreso.
Los vecinos de Alcorcón –y de toda España– podrán solicitar esta ayuda a la Agencia Tributaria a partir del 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023. Si se reconoce al solicitante como beneficiario, se le ingresarán los 200 euros en la cuenta bancaria directamente. En cambio, si no se le reconoce como beneficiario, se le notificará de la resolución denegatoria y el solicitante tendrá diez días para alegar.
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