Todo lo que debes saber acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Alcorcón

Todo lo que debes saber acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Alcorcón

Novedades en lo que respecta al IBI para 2024. Todo lo que debes saber acerca del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Alcorcón

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón ha dado luz verde al padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para el año 2024. Así, en lo que respecta al IBI Urbano, se ha establecido en 60,3 millones de euros para un total de 122.055 propiedades.

Raquel Peral, concejala de Hacienda y Contratación, ha detallado los entresijos. «Se trata de un impuesto directo de titularidad municipal, de carácter obligatorio en todos los Ayuntamientos, que grava el valor de los bienes inmuebles para todas las personas que poseen a su nombre un piso, una casa, un garaje o cualquier tipo de inmueble, rústico o urbano, y cuyo importe depende del valor catastral del inmueble en cuestión», ha apuntado.

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El padrón del IBI urbano incluye 2.305 propiedades con bonificaciones (1,8%) y 956 propiedades exentas, lo que resultará en una recaudación para el ayuntamiento de más de 60 millones de euros. Las bonificaciones aplican a viviendas de familias numerosas que satisfacen los criterios de la Ordenanza Fiscal, así como a las viviendas de protección oficial y aquellas que se consideren equiparables a estas según la legislación autonómica.

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Por otra parte, el Ayuntamiento de Alcorcón ha ratificado el padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica para el año 2024. Así, el mismo asciende a un total de 73.529,50 euros distribuidos en 753 parcelas, abarcando una superficie de 15.398.381 metros cuadrados.

Raquel Peral ha comunicado que, para simplificar el pago y asegurar el cumplimiento fiscal, el periodo de pago del IBI urbano se dividirá en dos etapas. Esto permitirá a los contribuyentes realizar el pago en dos ocasiones durante el año: la primera será del 1 de junio al 1 de agosto, con los recibos domiciliados cargados el 28 de junio; la segunda etapa comprenderá desde el 1 de octubre hasta el 2 de diciembre, con los recibos domiciliados cargados el 29 de noviembre. Por último, para los inmuebles de calificación rústica se establece un plazo único de pago que va del 1 de junio al 1 de agosto, con los recibos domiciliados cargados también el 28 de junio.

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