Primero hay que abonarla, y luego realizar un sencillo proceso. Llega la tasa de basuras a Alcorcón y existe una manera para reclamarla
La tasa de basuras llega de forma definitiva a Alcorcón, así como al resto de municipios de España. Es importante recalcar que hasta 2026 no se podrán domiciliar estos pagos, tal y como explicó la directora de la Agencia Tributaria de Madrid, Gema Pérez Ramón, meses atrás. Asimismo, dependiendo de la ciudad y de otros tantos factores como la vivienda, se pagará más o menos.
Hablando más en profundidad de Alcorcón, desde este medio informamos durante enero de este mismo año sobre cómo calcular esta tasa. No era nada fácil, ya que había que tener en cuenta el índice sobe la mediana, la cuota de la vivienda colectiva, así como la unifamiliar. Teniendo en cuenta que los primeros pagos se realizan en noviembre, los tramos que se ponen encima de la mesa están meramente relacionados con el valor catastral del inmueble.
Medias en cuanto a vivienda y a establecimientos
Si hablamos de viviendas colectivas, y teniendo en cuenta que el valor catastral mínimo (59.000 euros) que se tendrá en cuenta en la tabla aportada por el Ayuntamiento, lo mínimo que los alcorconeros tendrán que abonar es 46,36 euros. Esta cifra puede alcanzar los 185,45, dependiendo de cuántas personas vivan allí; mientras que en los inmuebles unifamiliares van desde los 130,45 a los 521,81€. No obstante, hay cuatro bonificaciones y reducciones para minimizar esta tasa:
- Familias numerosas: viviendas con cinco o más convivientes tendrán una reducción del 20% en la cuota variable.
- Personas en situación de vulnerabilidad: se contempla una bonificación del 100% para personas en situación de vulnerabilidad.
- Participación en recogida selectiva: aquellos que participen en el sistema de recogida selectiva de basura orgánica mediante la tarjeta marrón de residuos orgánicos disfrutarán de una reducción del 10%.
- Sistema especial de pago: se ofrece una rebaja del 5% sobre la cuota total para todos los ciudadanos que opten por este sistema.

Ahora, toca hablar de los establecimientos. Hay que partir que la base de gravamen es de 413,57, y tras ello hay que utilizar la superficie y el índice expuesto para calcularla. Si el local en cuestión posee una de 150,01 a 200 metros cuadrados, el índice a aplicar es el 1,3, y tras multiplicar 413,57 por esta cifra, el resultado es 537,64.
Aun así, no hemos terminado, ya que hay que usar la Base LC: volumen de residuos comerciales, según peso porcentual definido por estadísticas INE entre volumen de locales y comercios. A expensas de los datos de 2024 que hay que utilizar, en 2023 habría sido 94,54 la cifra a usar. Por ello, habría que multiplicarlo por 1,3, resultando 122,902, que hay que sumar a los 537,63 mencionados anteriormente: 660,54 euros. Esto, en cualquier caso, es una estimación basado en 2023, pues todavía no se conoce con exactitud el resultado final.


Cómo reclamar la tasa de basuras
La OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) lo explica claramente: si tu ayuntamiento aplica una cuota fija igual para todos o calcula la tasa según el valor de la vivienda, podría ser ilegal. La normativa europea exige que el importe se base en los residuos generados, no en factores como el barrio o el tipo de inmueble. También advierte de prácticas irregulares en zonas turísticas o comerciales, donde los residuos de negocios se mezclan con los domésticos y acaban repercutiendo en los vecinos.
Reclamar es sencillo. Primero hay que pagar el recibo, requisito imprescindible para solicitar después la devolución. Luego se presenta un recurso —con modelos disponibles en asociaciones de consumidores— indicando datos personales, justificante de pago y que el criterio aplicado no respeta el principio de “quien más contamina, más paga”. ¿Dónde se presenta? La documentación se ha de entregar a través de la sede electrónica del ayuntamiento o de forma presencial en sus oficinas de atención ciudadana. Asimismo, el recurso debe presentarse en un mes desde la notificación. Si el ayuntamiento no responde, se entiende denegado y se puede acudir a la vía contencioso-administrativa.
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