Las pegatinas deberán colocarse en los vehículos que circulen o estacionen en el término municipal de Madrid
Los conductores que no lleven visible su distintivo estarán cometiendo una infracción leve de la ordenanza, lo que conlleva una multa de hasta 100 euros.
Los coches que tengan asociado un distintivo ambiental (todos salvo los de gasolina matriculados antes del 2000 y de los diésel previos a 2006 y motos anteriores al 2000) deberán llevarlo visible, sean o no vecinos de la capital.
Consulta dónde puedes obtener el distintivo ambiental #DGT 👉https://t.co/ppUhqsK5Sv. Es obligatorio llevarlo puesto a partir del miércoles 24 abril para todos los vehículos a motor que dispongan de él y accedan, circulen o estacionen en el término municipal Madrid @Lineamadrid pic.twitter.com/m8TyC4jo1o
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 23 de abril de 2019
Las pegatinas de la DGT dividen a los coches en función de cómo de contaminantes sean, de menos a más en:
- Cero Emisiones, etiqueta azul: coches eléctricos e híbridos enchufables.
- ECO, etiqueta verde y azul: híbridos no enchufables.
- C, pegatina verde: turismos y furgonetas de gasolina matriculadas a partir de 2006 y diésel a partir de 2014.
- B, amarilla: vehículos de gasolina desde el 2000 y diésel de 2006 a 2014.
¿Dónde se coloca?
Por su parte, la Ordenanza de Movilidad Sostenible para la ciudad de Madrid señala en el artículo 6.1 que al objeto de proteger la salud de las personas y la calidad del aire, todo vehículo que circule o estacione en las vías públicas de titularidad municipal que pueda disponer del distintivo ambiental conforme a la normativa estatal, deberá mostrarlo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, salvo que no disponga de parabrisas, en cuyo caso deberá colocarse en lugar visible.
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